Sentencias a favor de la ‘rebus’

Sentencias a favor de la ‘rebus’

Dos nuevas sentencias dan la razón a los inquilinos en la batalla que se ha venido librando durante la pandemia por el pago de la renta.

Según las sentencias se aplicará la ‘rebus sic stantibus’ en centros de Silicius y New Winds. Rebus sic stantibus es una expresión latina que puede traducirse como “estando así las cosas”.

Hace referencia a un principio de Derecho en virtud del cual se entiende que las estipulaciones establecidas en los contratos tienen en cuenta las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, es decir; cualquier alteración sustancial de estas circunstancias puede dar lugar a la modificación de aquellas estipulaciones.

El objetivo de esta doctrina es reestablecer el equilibrio patrimonial cuando, por circunstancias sobrevenidas, a una de las partes le resulta imposible o gravoso su cumplimiento. Es el caso de la pandemia del Covid-19, que irrumpió con fuerza en nuestra sociedad, alterando aspectos del ámbito sanitario, social y económico.

El funcionamiento normalizado de la sociedad fue irrumpido con la declaración del estado de alarma en marzo de 2020. El resultado, hostelería y comercios abruptamente cerrados, presagiaban una dura batalla económica tanto para empresarios como para trabajadores.

Ante este escenario, con decenas de empresarios con ingresos cero, se comenzó a barajar la posibilidad de aplicar la doctrina jurisprudencial conocida como rebus sic stantibus en relación con los contratos de arrendamientos de negocios.

Los arrendatarios, cuyos locales de negocios estaban diseñados para el desarrollo de actividades que se han visto afectadas por las medidas de cierre y limitación de horario y aforo, vienen sufriendo las graves consecuencias económicas de no obtener ingreso alguno y, además, la obligación contractual del abono de la renta.

Esta situación de desequilibrio económico ha motivado que empresarios de los sectores más afectados, recurran al amparo judicial para instar la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus.

 

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